Colombia: establecen políticas públicas para gays, lesbianas, y trans en Bogotá
(Tomado de AG Magazine, 4 de enero de 2008)
Tras considerar que gays, lesbianas, bisexuales y transexuales conforman sectores sociales de gran valor para la sociedad, sobre los cuales se han concentrado diferentes formas de discriminación y tratos desiguales e inequitativos, la Alcaldía de Bogotá vio la necesidad de crear una Política Pública LGBT
El trabajo conjunto de varios años de los líderes, lideresas y organizaciones LGBT bogotanas ha tenido sus frutos con la expedición del Decreto No. 608 publicado el pasado 28 diciembre de 2007, por medio del cual se establecen los lineamientos de la Política Pública para la Garantía Plena de Derechos de las personas lesbianas, gays, bisexuales y transexuales/transgeneristas (LGBT) en Bogotá, Distrito Capital.
Esta
política es el paso final de un proceso que se inició con la
subscripción de un convenio con Luís Eduardo Garzón –siendo candidato a
la presidencia–, que se ratificó al este ser elegido Alcalde de Bogotá
y que tuvo su primer resultado con el lanzamiento en junio de 2006 de
una acción desde la alcaldía por una "Bogotá sin indiferencia".
La
alcaldía, igualmente, durante dos años consecutivos ha financiado el
Centro Comunitario LGBT de Bogotá, que se ha convertido en el lugar de
encuentro y convivencia con la diversidad de la población LGBT
capitalina.
El Decreto considera que dichas formas de
discriminación se dan tanto en los ámbitos cotidianos y familiares como
en los públicos e institucionales y se expresan desde actos sutiles de
segregación hasta crímenes y actos de violencia física causados por el
odio y la intolerancia y que por tanto se hace necesario establecer los
lineamientos de la Política Pública para la garantía plena de los
derechos de las personas lesbianas, gays, bisexuales y
transexuales/transgeneristas (LGBT) y sobre identidades de género y
orientaciones sexuales en el Distrito Capital, y se dictan otras
disposiciones.
PRINCIPIOS
El Decreto se rige por los siguientes principios:
•
Titularidad de Derechos: En Bogotá D.C., las personas de los sectores
LGBT son titulares y sujetos plenos de todos los derechos.
• Efectividad de Derechos: Los servidores públicos y contratistas del Distrito
Capital,
y los particulares que cumplan funciones públicas y presten servicios
públicos de responsabilidad distrital, tienen la obligación de adoptar
medidas para hacer efectivos los derechos de la población LGBT,
incluidas las acciones afirmativas necesarias para la superación de las
condiciones que facilitan la vulneración de sus derechos o para la
restitución de los mismos. Para cumplir lo anterior se tendrán en
cuenta las condiciones de vulnerabilidad que afectan de manera
diferencial a los sectores LGBT.
• Identidad: reconoce y respeta el
derecho que tiene toda persona a construir para sí una autodefinición
con respecto a su cuerpo, su sexo, su género y su orientación sexual.
Equidad:
superar las situaciones de desigualdad, exclusión, discriminación y
marginación que vulneran el derecho a la igualdad de trato y de
oportunidades de las personas de los sectores LGBT por efecto de su
identidad de género y orientación sexual.
• Diversidad: reconoce y
promueve la heterogeneidad, la pluralidad, la singularidad, la
creatividad y las diferencias en las identidades de género y las
orientaciones sexuales en el marco de los Derechos Humanos y los
principios constitucionales.
• Participación: reconoce y promueve el
ejercicio de los derechos de las personas de los sectores LGBT, en el
marco de la profundización de la democracia y la ciudadanía activa, y
adelanta acciones para que dichas personas y sus organizaciones cuenten
con una mayor cualificación para su inclusión en los distintos espacios
de decisión en la ciudad.
OBJETIVOS
Los
objetivos de la Política Pública para las personas de los sectores LGBT
de Bogotá tienen los siguientes objetivos, que se extenderán para cada
una de las acciones que se promuevan y ejecuten en el Distrito Capital:
•
Garantizar el ejercicio pleno de derechos a las personas de los
sectores LGBT como parte de la producción, gestión social y bienestar
colectivo de la ciudad.
• Consolidar desarrollos institucionales
para el reconocimiento, garantía y restitución de los derechos de las
personas de los sectores LGBT.
• Generar capacidades en las
organizaciones y personas de los sectores LGBT para una efectiva
representación de sus intereses como colectivo en los espacios de
decisión de la ciudad.
• Promover una cultura ciudadana basada en el
reconocimiento, garantía y restitución del derecho a una vida libre de
violencias y de discriminación por identidad de género y orientación
sexual.
• Posicionar la perspectiva de géneros y diversidad sexual
para la formulación, implementación, seguimiento y evaluación de las
políticas públicas en el Distrito Capital.
El Proceso
estratégico "Fortalecimiento institucional en los niveles distritales y
locales", está orientado a mejorar la capacidad de acción y de
respuesta de las instituciones del Distrito ante la vulneración de
derechos a las personas de los sectores LGBT. También implica
institucionalizar acciones afirmativas encaminadas a superar la
exclusión política, social, económica y cultural de las personas de los
sectores LGBT y a subsanar las inequidades resultantes de la
vulneración y no garantía de sus derechos.
Incluye los
siguientes componentes: desarrollo de capacidades y competencias
institucionales; garantía del acceso, uso y disfrute de los sistemas
institucionales de servicios públicos sociales; implementación de
mecanismos que permitan que esta política llegue a los territorios y
sea implementada en las instancias y espacios más cercanos a la
cotidianidad de la ciudadanía.
Sobre el proceso estratégico
"Corresponsabilidad en el ejercicio de derechos", se busca: la
ampliación de capacidades para el ejercicio de derechos y para la
ciudadanía; Promoción y fortalecimiento de la organización social de
los sectores LGBT; la facilitación de ejercicios de control ciudadano
por parte de personas y organizaciones LGBT y organizaciones que
trabajan por sus derechos.
Sobre el proceso estratégico
"Comunicación y educación para el cambio cultural", se busca: la
generación de nuevas representaciones sociales sobre las identidades de
género y las orientaciones sexuales desde una perspectiva de derechos;
la visibilización y posicionamiento de la producción cultural de los
sectores LGBT como parte de la cultura ciudadana, la convivencia y la
construcción de lo Público; la construcción de una ciudad segura y
protectora para las personas de los sectores LGBT y libre de violencias
por identidad de género y orientación sexual; y la inclusión y la
diversidad en la escuela.
Para cumplir con las responsabilidades
que le asigna el artículo anterior, el Alcalde o Alcaldesa Mayor
contará con la asesoría de un cuerpo consultivo sesionará en pleno
cuatro (4) veces al año. A decisión de éste se podrá convocar a
sesiones extraordinarias.
El Decreto está firmado por Luís
Eduardo Garzón, Alcalde Mayor de Bogotá D. C. y por Arturo Fernando
Rojas Rojas, Secretario Distrital de Planeación.

